¿Dónde sentamos al invitado? Crisis entre el principio de cortesía protocolar y el principio de jerarquía funcional.

 

Santo Domingo, D.N.

21 de agosto de 2026. –

 

Por: Heber Reyes

 

Quizás a algunas personas les causará cierta suspicacia el título de este artículo, sobre todo, en personas que ostentamos posiciones en departamentos de protocolo en algunas entidades públicas o privadas, o tal vez; en quienes sólo conocen el protocolo de los usos, tradiciones y costumbres, que es, la fuente primaria de quienes nos formamos en el protocolo de Estado dominicano.

 

De acuerdo a los usos, tradiciones y costumbres, un invitado es la persona que asiste a un evento determinado por parte de otra persona, llamada anfitrión, quien por lo general y por cortesía, le cede el lado derecho a su invitado, conforme lo establece la ley de la derecha, en los actos público o privado, como una manera de importantizar y distinguir a su invitado, otorgándole el lugar de más alto honor.

 

Algunos tradicionalistas defienden la posición del anfitrión, porque, justifica en todo momento el lado derecho de su invitado, como un honor que le confiere la persona que dueña del evento. Sin embargo, algunos se preguntarán: ¿Es obligatorio al invitado a la derecha del anfitrión? ¡Qué pregunta!

 

Si bien es cierto que las normas protocolares están diseñadas para organizar y ejecutar el orden en los distintos eventos y actos protocolares, cabe destacar que, las mismas no son obligatorias, mucho menos sancionadoras. Simplemente, están para salvaguardar y colocar en orden de precedencia, los cargos, rangos y jerarquías que ostentan las personas.

 

Para nadie es un secreto que, en nuestro país, el protocolo se rige por muy escasas normas escritas y no escritas, estas últimas, fruto del Derecho Consuetudinario que aplicamos. Las cuales, continúan surtiendo sus efectos, porque son “percibidas” como si fuera un derecho positivo, porque “siempre se ha hecho así”.

 

Algunos expertos en la materia consideran el “siempre se ha hecho así”, como una frase irresponsable y fuera de lugar, porque entienden que, el protocolo ha evolucionado a un mundo más tecnológico, estratégico y cercano, dejando a un lado, la rigidez de la costumbre fuera de la ecuación.

 

¿Siempre se ha hecho así? Veamos este ejemplo:

 

Un funcionario público organiza un evento propio de la institución que administra, con el presidente de la República presidiendo el acto. El protocolo de los usos, tradiciones y costumbre enseña que, en una mesa o línea de honor con autoridades públicas en número impar, el lugar de más alto honor es el centro métrico, y por «Default», lo ocupa el presidente. Y al funcionario dueño del evento lo colocan a la izquierda del presidente, el cual, según la tradición, le otorga la derecha al presidente, “porque siempre se ha hecho así”.

 

Basado en el ejemplo anterior, el lugar de la derecha que supuestamente “otorga” el funcionario al presidente de la República, no aplica. ¿Por qué?, porque el presidente de la República ocupa por “Default» el lugar de más alto honor en todas las actividades públicas de sus funcionarios, y no es necesario decir que por cortesía le ceden la derecha al presidente, ya que, ningún otro funcionario puede ocupar su lugar (Centro Métrico), porque, el presidente es el jefe del Estado y jefe de la Administración Pública, y en los actos públicos de sus funcionarios asume como dueño de casa. En otras palabras, el presidente no se puede considerar como un invitado, y la facultad de ceder un lugar de honor es una atribución del mismo presidente.

 

Si, así como usted lo acaba de leer…

 

La rigidez del protocolo tradicional y de costumbre, a veces tiende a confundir el orden de precedencia por dos razones:

 

Primero: Por desconocimiento del principio de la naturaleza u objetivo del acto.

 

Segundo: Por no saber distinguir entre principio de cortesía protocolar y el principio de jerarquía funcional en los actos públicos.

 

Analicemos el siguiente ejemplo:

 

Un ministro organiza un evento, el presidente de la República preside el acto, y tenemos una mesa de honor con un total de siete autoridades: “El presidente de la República, el ministro, un viceministro y cuatro directores”. En el evento no hay un invitado de honor, tampoco está el vicepresidente, mucho menos los presidentes de poderes del Estado. Se supone que, si el presidente de la República ocupa el centro métrico, el segundo lugar de mayor importancia es su derecha, entonces, ¿quién debería ocupar el lugar de la derecha? Se supone que la segunda persona de mayor cargo, ¿y quién es esa segunda persona? Simple, el ministro. ¡Exacto!

 

Pero, tradicionalmente, la costumbre dice que el ministro debe estar a la izquierda del presidente de la República para que no pierda su condición de anfitrión.

 

Ahora, nos surge la pregunta que por largos años nos hemos venido haciendo:

 

¿Y si usted coloca a uno de esos funcionarios de menor rango a la derecha del presidente, en qué lugar de acuerdo al orden de precedencia se verá el ministro? Fácil, en el tercer lugar de importancia. ¿Por qué? Porque, si el ministro conserva la condición de anfitrión sentado a la izquierda, pero pierde el honor de estar sentado en el segundo lugar de importancia que es la derecha del presidente, que es la persona que destaca el rol, la importancia y el papel protagónico de ese ministro en ese momento, de acuerdo al principio de jerarquía funcional.

 

Entonces; ¿Es cierto que si colocamos al ministro a la derecha del presidente pierde su condición de anfitrión? ¡No! Es todo lo contrario, elevamos la categoría del ministro, porque no sólo estaría como anfitrión, sino, que estaría en la segunda posición más importante y con una doble connotación en su evento.

 

Desde el punto de vista de la descripción de estos aspectos explicados, podemos identificar la crisis que genera el principio de cortesía protocolar y el principio de jerarquía funcional, cuando las posiciones de lugar no están claras y definidas.

 

Algunos expertos en la materia sostienen que, el principio de cortesía protocolar no debe estar en los actos públicos por encima del principio de jerarquía funcional, por la condición jurídica de quienes, en el ámbito público ostentan los cargos, rangos y jerarquías, refrendados por normas constitucionales, leyes, reglamento y/o decretos. Contrario al principio de cortesía protocolar que, se basa en una condición moral y de costumbre de las personas.

 

En otras palabras, lo cortes no quita lo valiente, y el protocolo debe tener sus excepciones con normas más claras, flexibles y modernas, y más ajustadas a los nuevos tiempos, en donde, el “siempre se ha hecho así” no permanezca en el tiempo, y nos haga creer que el protocolo está para obligar.  

 

 

 

 

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